Ecuador y la Energía Fotovoltaica: Inversiones en Riesgo.

En los últimos años Ecuador ha mostrado pro-actividad en transformar su matriz energética y buscar el desarrollo de fuentes de energía alternativa también llamada no convencional. La primera acción adoptada por el Gobierno fue expedir la Regulación No. 004/11 aprobada por el Directorio del Consejo Nacional de Electricidad (CONELEC) en abril del 2011, mediante la cual convocó a inversionistas locales y extranjeros a iniciar proyectos de generación eléctrica a través de fuentes renovables no convencionales (1).

Esta Regulación contempla dos atractivos principales para los inversionistas:

El primero es la tarifa preferente que pagará el Gobierno cuando comiencen a generar energía eléctrica, que para el caso de la energía fotovoltaica se pagará en USD 0,403 por kilovatio hora generado. Sin duda este incentivo económico es el atractivo principal para la inversión en proyectos de energía fotovoltaica, que si comparamos con tarifas pagadas en el sector de energía convencional es mucho más alta. Menciono por ejemplo la tarifa para generación hidroeléctrica que está en USD 0,02 por kilovatio hora.

El segundo beneficio es el despacho preferente de compra para la energía fotovoltaica sobre otras fuentes de energía. En otras palabras, la energía fotovoltaica será la primera en consumirse en el país, aun si existiere disponibilidad de energía más barata. Estos dos beneficios demuestran la intención del gobierno de priorizar el uso de las energías alternativas sobre las tradicionales, aún cuando el costo económico sea mayor.

La Regulación 004/11 fue recientemente sustituida por la Regulación 001/13 en la que se establecieron precios y despacho preferentes para la generación de energía eólica, solar termoeléctrica, corrientes marinas, biomasa y biogás y para energía geotérmica. Esta nueva Regulación estableció procedimientos para el otorgamiento de permisos, obligaciones para los titulares de permiso y condiciones operacionales.

Por otro lado, los inversionistas deben iniciar los proyectos utilizando su propio capital y están sujetos a un estricto cronograma de cumplimiento por etapas hasta lograr la conexión y transmisión de energía. Las autoridades seguramente actuarán con severidad en caso de incumplimiento de los plazos establecidos en el cronograma inicial.

En el escenario descrito, considero que el Ecuador enfrenta varios retos para implementar la generación de energía no convencional como uno de los elementos para la diversificación de la matriz energética. Las instituciones responsables deben prepararse para recibir a los nuevos inversionistas, facilitando y apoyando sus procesos administrativos, técnicos y económicos pero sobretodo, otorgándoles estabilidad y seguridad jurídica.

Con preocupación observo que no se ha logrado cumplir con esta premisa. Existen problemas graves, especialmente con los puntos de conexión, que no se han resuelto y que ponen en riesgo a los proyectos concesionados. La falta de resolución oportuna por parte de las instituciones responsables hará que muchos de estos proyectos caigan; perdiendo la inversión y comprometiendo la credibilidad de la oferta inicial por parte del Ecuador.

(1) Los tipos de energías renovables no convencionales contempladas en la Resolución No. 004/11 son energía eólica, fotovoltaica, solar termoeléctrica, corrientes marinas, biomasa y geotérmica.

Sebastián Pérez Arteta es Socio y Gerente General de Pérez Bustamante & Ponce, el estudio jurídico más grande del Ecuador. Se desempeña en varias áreas de práctica, algunas con un papel primordial. Ha ocupado varios cargos importantes tanto en el sector público como en el privado. Sus áreas de práctica incluyen: - Solución Alternativa de Desacuerdos, - Derecho Comercial y Societario, Finanzas, - Contratos con el Gobierno, Petróleo y Gas, - Energía, - Fusiones y Adquisiciones. Muchos directorios internacionales consideran a Sebastián Perez Arteta como uno de los abogados ecuatorianos más destacados en Derecho Societario (Chambers, Who Is Who Legal, y Latin Lawyer) y en Bienes Raíces (Legal 500). Chambers Latin Lawyer dice: “Sebastián Pérez Arteta aporta una gran riqueza de experiencia al asesorar a los clientes en proyectos petroleros, mineros y energéticos”. “Es sumamente inteligente y conoce muy bien las leyes”.

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Publicado en Energía No Convencional, Matriz Productiva Ecuador
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